REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiocho (28) de junio de dos mil cuatro (2004).
194º y 145º
Vista la anterior demanda proveniente del juzgado distribuidor y los recaudos que la acompañan, presentada por la abogada LOURDES COROMOTO AROCHA, de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 62.056, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSÉ CRISANTO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-5.053.692. Por cuanto se observa que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a los demandados JOSÉ CARNO DE FREITAS y MANUEL DA SILVA, venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, para que comparezcan ante este Tribunal ubicado en la calle Arismendi con avenida Bermúdez, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, primer piso, Los Teques, Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la última citación de los demandados, en las horas de despacho comprendidas entre las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.) y la una y treinta de la tarde (1:30 p.m.), a fin de que tenga lugar el acto de la contestación de la demanda. Compúlsense sendos libelos de la demanda junto con el presente auto de admisión y entréguense al Alguacil de este Despacho, a quien se encarga de la práctica de las citaciones ordenadas, una vez que la parte actora consigne los fotostatos necesarios. En cuanto a la medida solicitada, se proveerá por auto y cuaderno separados. Déjese constancia.
EL JUEZ,
HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA, LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
HJAS/jcrv
Exp. No. 04-24.398
En la misma fecha no se libró compulsa por cuanto no fueron consignados los fotostatos necesarios.
LA SECRETARIA,
ISABEL CRISTINA BLANCO CARMONA,
ICBC/jcrv
Exp. No. 04-24.398