REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 28 de junio de 2004
194° y 145°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita y redactada por la abogada GLORIA PEREIRA, inscrita en el INPREABOGADO con el N° 23.148, así como la Justificación promovida y evacuada ante este Juzgado, en la cual rinden declaración los ciudadanos PEDRO RAMON BLANCO, ABEL JOSE CADENAS y MARIA DE LOS ANGELES CHIRINOS JIEMENEZ, por asuntos de Titulo Supletorio. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de los derechos de terceros, DECRETA, a las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSE ALBERTO AVILA VARGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-2.293.407, sobre las bienhechurias realizadas en un lote de terreno de su propiedad, ubicado en Sabaneta de Lagunetica, parte bajo, El Tigrito, vía Calle Mataruca, Los Teques, Estado Miranda, con una superficie aproximada de TREINTA Y SIETE MIL VEINTE METROS CUADRADOS CON VEINTISEIS CENTIMETROS CUADRADOS (37.020,26mts), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se encuentran suficientemente identificados en autos. Devuélvanse originales las presentes actuaciones los promoventes, incluyendo la solicitud. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,
LA SECRETARIA,

ISABEL BLANCO CARMONA,

En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.

LA SECRETARIA,
HJAS/IBC/jenifer**
Exp. No. 40.142