REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Primero (1°) de Junio del dos mil cuatro (2004).-
194° 145°
Por cuanto fueron consignados los fotostatos respectivos, désele cumplimiento a lo ordenado en auto de admisión de fecha 27 de Mayo de 2004, líbrese compulsa, con su respectiva certificación.
CÚMPLASE.-
LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
EXP. N° 147-04
El suscrito Abg, MANUEL GARCÍA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 074-04. Relacionado con el juicio por DESALOJO; que siguen ante este Juzgado LA SUCESIÓN DE GUSTAVO VEITIA, en contra del ciudadano: JESUS ANTONIO ECHEZURIA, las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Ocumare del Tuy, Primero (1°) de Junio de dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCÍA.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Primero (1°) de Junio de dos mil cuatro (2004).-
194° 145°.-
SE HACE SABER: Al ciudadano: JESUS ANTONIO ECHEZURIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.587.035; domiciliado en: Sector Corocito, calle Cecilio Acosta, Frente a la Parada, vía Parosca, Ocumare del Tuy, Municipio Tomás Lander del Estado Miraanda, parte demandada en el juicio signado con el N° 074-04, que deberá comparecer ante este Tribunal al SEGUNDO (2°) día de despacho siguientes, a la citación que se le practique, a dar contestación a la presente demanda u oponer las defensas que creyere convenientes. De conformidad a lo establecido en el artículo N° 33 y siguientes de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y el N° 881 del Código de Procedimiento Civil, dentro de las horas destinas al Despacho de 8:30 a.m. a 1:30 p.m. Dará recibo al Alguacil encargado de practicar la citación acordada, como prueba de haber sido citado.
LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI CH.
EL SECRETARIO,
Abog. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
EXP. N°147-04