REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, Veinticinco (25) de Junio del dos mil cuatro (2004).-
194° 145°
Por cuanto fueron consignados los fotostatos respectivos, désele cumplimiento a lo ordenado en auto de admisión de fecha 18 de Junio de 2004, líbrese compulsa, con su respectiva certificación.
CÚMPLASE.-
LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
EXP. N° 181-04
El suscrito Abg, MANUEL GARCÍA, Secretario del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente N° 181-04. Relacionado con el juicio por INTIMACION; que sigue ante este Juzgado la ciudadana: YOLANDA RIVAS HAZ, asistida por la abogada en ejercicio ANTONIA LEONOR HERVES de NATERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 30.097, en contra de la empresa mercantil, INVERSIONES BRISASBARI, C.A, en la persona del ciudadano CARLOS ALBERTO ALEXANDRE, las cuales fueron autorizadas por la Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo l° de la Ley de Sellos. Ocumare del Tuy, Veinticinco (25) de Junio de dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO
Abg. MANUEL GARCÍA.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Veinticinco (25) de Junio de dos mil cuatro (2004).-
194° 145°.-
SE HACE SABER: Al ciudadano: CARLOS ALBERTO ALEXANDRE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.967.006; domiciliado en: Calle 9, Ricaute, Residencias Don Alejandro, Torre “e”, Piso 5, Apartamento 51, Charallave, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, parte demandada en el juicio signado con el N° 181-04, que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los DIEZ (10) días de despacho siguientes, a la intimación que se le practique, a fin de que pague las cantidades descritas en el libelo de demanda, o formule oposición al proceso. Se le advierte que de no comparecer en el término señalado, a su vencimiento se procederá a la Ejecución Forzosa. Y en caso de formular oposición se entenderá citada la parte para la contestación a la demanda, la cual tendrá lugar dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del lapso anterior, dentro de las horas destinas al Despacho de 8:30 a.m. a 1:30 p.m. Dará recibo al Alguacil encargado de practicar la Intimación acordada, como prueba de haber sido Intimado.
LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI CH.
EL SECRETARIO,
Abog. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana*
EXP. N°181-04