REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

193º y 145º
Los Teques, 10 de junio de 2004

Visto el DESISTIMIENTO efectuado por el abogado ANTONIO AMENDOLIA DRAGA, en su carácter de apoderado judicial de la parte intimante, en el juicio de INTIMACIÓN, interpuesto por el ciudadano: ARTUR JOSE CORREIA, contra el ciudadano: ALBERTO PERERA DUQUE, el cual se sustancia en el expediente signado con el Nº12513; este Juzgado, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que no se llegó a citar al demandado, no se hace necesario notificar al mismo de dicho desistimiento. Se ordena suspender la medida preventiva de EMBARGO SOBRE BIENES propiedad del intimado, la cual fue decretada por éste Tribunal en fecha 30-09-2002, para lo cual se ordena oficiar a la Depositaria Judicial designada. Igualmente se ordena el archivo del presente expediente.- CUMPLASE
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA





NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

EL SECRETARIO

VJGJ/rosa*
Exp.Nº12513