REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, diez (10) de junio del año dos mil cuatro (2004).-
194° Y 145°

Recibida como ha sido la anterior demanda, del sistema de distribución de causas y correspondiéndole a éste Juzgado conocer la misma, contentiva del Juicio que por TACHA, sigue GIUSEPPE ANTONIO FORNINO GAETA contra JOSE MELCHOR CEPEDA SIMON, se ordena darle entrada en el libro de causas bajo el N° 14436, y agregar a los autos los recaudos consignados. El Tribunal por cuanto de la revisión del libelo de demanda observa que la misma no llena uno de los requisitos establecidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, como lo es el contenido en el ordinal 2°, referente al domicilio del demandado, en consecuencia este Tribunal se abstiene de admitir la misma hasta tanto el accionante realice las correcciones a que hubiere lugar.

EL JUEZ


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA


VJGJ/Damelis
EXP. N° 14436