REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°

Conforme a lo ordenado en el auto dictado en esta misma fecha, se abre el presente cuaderno, a los fines de sustanciar la Tacha Incidental propuesta por la parte demandada al momento de la contestación de la demanda.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES




EL SECRETARIO


ABG. RICHARS MATA



EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-



JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°

Por cuanto el manejo del presente expediente, debido a su volumen se hace difícil, se acuerda abrir una SEGUNDA PIEZA de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaría copia certificada del presente auto, a fin de encabezar con ella dicha pieza, la cual comenzará a correr con el folio uno (01).- CUMPLASE.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES


EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-

EL SECRETARIO

EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-





JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°

Se abre la presente pieza a los fines de continuar agregando las actuaciones correspondientes a la presente causa, ordenada mediante auto de esta misma fecha, el cual es del tenor siguiente “JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-194° y 145°.- Por cuanto el manejo del presente expediente, debido a su volumen se hace difícil, se acuerda abrir una SEGUNDA PIEZA de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaría copia certificada del presente auto, a fin de encabezar con ella dicha pieza, la cual comenzará a correr con el folio uno (01).- CUMPLASE.-EL JUEZ (fdo). DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES. EL SECRETARIO (fdo) ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.EL SECRETARIO (fdo)”. Es copia fiel y exacto de su original que se expide a los quince (15) días del mes de junio de dos mil cuatro (2004).-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-




JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el auto dictado en esta misma fecha, este Tribunal por cuanto observa la tacha incidental propuesta por el abogado NAUDY SANCHEZ DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.841, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada, en fecha 19 de mayo de 2004, y por cuanto que el tachante formalizó la misma dentro del plazo a que se refiere el artículo 440 del Código de Procedimiento Civil, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho, por lo que en cumplimiento a lo establecido en el Ordinal 14° del artículo 442 eiusdem, se ordena la notificación del ciudadano Fiscal Undécimo del Ministerio Público, a los fines de hacer de su conocimiento la apertura y sustanciación de la tacha incidental, en tal sentido líbrese boleta de notificación adjuntándosele copia certificada de las actuaciones correspondientes, y una vez que conste en autos la referida notificación del Representante del Ministerio Público, se entenderá abierta una articulación probatoria de ocho (08) días conforme a lo previsto en el artículo 607 euisdem.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha no se cumplió con lo ordenado, por cuanto faltan fotostatos para proveer.
EL SECRETARIO
EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-



JUZGADO SEGUNDO DE PIRMERA INSTANCIS EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°

Vista la diligencia que riela al folio ciento cincuenta y cuatro (154) del presente cuaderno de medidas, suscrita por la abogada MARIA DEL CARMEN NUZZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.834, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual apela de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 10 de mayo de 2004, este Tribunal observa que el recurso fue ejercido oportunamente, OYE LA APELACIÓN LIBREMENTE y en consecuencia se ordena de inmediato la remisión del presente expediente junto con oficio al Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial y sede, a los fines de que conozca la apelación interpuesta por la parte demandada, de conformidad con lo establecidos en el artículo 294 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio y remítase al Tribunal de Alzada, dejándose constancia de lo actuado.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-

EL SECRETARIO
EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques.-

Los Teques, 15 de junio de 2004.
194º y 145º
Nº 0855-1077
CIUDADANO:
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a Usted, en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio CUADERNO DE MEDIDAS original signado con el N° 13229 (Nomenclatura de este Juzgado), constante de una (01) pieza en ciento sesenta (160) folios útiles contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO COMPRAVENTA sigue por ante este Tribunal el ciudadano LUIS FUMERO QUIJADA contra el ciudadano LUIS ALONZO BELLO TABATA.-
Remisión que se le hace a los fines de que conozca la apelación interpuesta por la parte demandada.

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL JUEZ
Anexo: Lo Indicado
EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-




JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-

194º y 145º
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente especialmente de: 1°) Escrito presentado en fecha 19 de mayo de 2004, contentivo de la contestación a la demanda, la cual contiene la tacha incidental propuesta por el abogado NAUDY SANCHEZ DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.841, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada; 2°) El escrito de fecha 03 de junio de 2004, contentivo de la Formalización de Tacha incidental propuesta; 3°) Escrito de fecha 14 de junio de 2004 presentado por la representación judicial de la parte actora, mediante el cual dan contestación a la tacha interpuesta por la parte demandada. Este Tribunal con vista a las referidas actuaciones ordena desglosar las mismas del presente cuaderno e insertarlas en cuaderno separado que se ordena abrir, a los fines de sustanciar la Tacha propuesta de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 441 del Código de Procedimiento Civil. Por cuanto que la Tacha Incidental fue propuesta al momento de la contestación a la demanda, se ordena expedir por secretaria copia certificada del referido escrito, a los fines de anexarlo al cuaderno separado, para las certificaciones se autoriza al abogado RICHARS MATA, quien las expide de conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1° de la Ley de Sellos. Desglósense las actuaciones y agréguense al cuaderno correspondiente y de conformidad con lo previsto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, corríjase la foliatura, dejándose constancia de todo lo actuado.-. CUMPLASE.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

EL SECRETARIO




EXP N° 13229
VJGJ/Jenny.-





















Quien suscribe, RICHARS MATA, Secretario Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las anteriores copias fotostáticas son traslado fiel y exactos de sus originales que corren insertos en el expediente signado con el N° 13229, con motivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA sigue el ciudadano LUIS FUMERO QUIJADA contra la ciudadana LUIS ALONZO BELLO TABATA.- Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1° de la Ley de Sellos. Los Teques, quince (15) de junio de dos mil cuatro (2004).-

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA



EXP N° 13229
RM/Jenny