REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

193º y 145º
En horas de despacho del día de hoy, catorce (14) de junio de dos mil cuatro (2004), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada en autos para que tenga lugar el acto de contestación a la demanda en el presente juicio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal, en la forma legal, encontrándose presente la abogada en ejercicio CARMEN FLORENCIA PEREZ DE SOTELDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 78.707, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA MAGDALENA PRADO, titular de la cédula de identidad N° 3.642.162, se deja constancia de que la Fiscal del Ministerio Público no se hizo presente, ni tampoco la parte demandada ni por sí ni mediante apoderado judicial. Seguidamente la apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio expone: Insisto en la demanda tanto en los hechos como en el derecho. El Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, estima contradicha la demanda en todas y cada una de sus partes y se declara abierta a pruebas la causa, conforme a la Ley. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSEGONZALEZ JAIMES

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA.




EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA