REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

193º y 145º
De la revisión efectuada las actas procesales que conforman el presente procedimiento y especialmente a la decisión dictada en fecha 01 de junio de 2004 inserta a los folios diecinueve (19) al veintitrés (23), en cuanto a la parte motiva CAPITULO II donde dice y se lee “... FERNANDO GAMEZ,...” debe decir y leerse “...FERNANDO GOMES; asimismo debe corregirse en el CAPITULO III, parte DISPOSITIVA donde dice y se lee “...FERNANDO GAMEZ...”, debe decir y leerse “...FERNANDO GOMES...”.
Queda así aclarado dicho fallo.
Se deja expresa constancia que el presente auto formará parte integrante del de la sentencia dictada en fecha 01 de junio de 2004.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, a los quince (15) días del mes de junio de dos mil cuatro (2004). AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.
Déjese copia de la presente actuación en el copiador de sentencia respectivo llevado por este Despacho.
EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA
VJGJ/Jenny
Exp N° 14372