REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, dieciséis (16) de junio de dos mil tres (2003).-
194º y 145º
Vista la diligencia suscrita en fecha 08 de junio de 2004, suscrita por la abogada en ejercicio INGRID GONZALEZ, en su carácter de autos, mediante la cual ratifica diligencia de fecha 25 de mayo de 2003, en donde solicita al Tribunal comisione al Juzgado de Municipio Independencia a los fines de la notificación del demandado del avocamiento del Juez, este Tribunal de conformidad con lo solicitado ordena librar comisión al Juzgado del Municipio Independencia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a fin de notificarle a la parte demandada ciudadano WILLIAN AGUANA, que por auto de fecha 15 de octubre de 2002, el Juez de este Tribunal se avoco al conocimiento de la presente causa, en virtud del cual se fija un término de diez (10) días de despacho para su reanudación, después de notificadas las partes y vencido dicho término se fijan tres (3) días de despacho siguientes para que las partes ejerzan su derecho consagrado en el articulo 90 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena remitir boleta de notificación librada, junto con despacho y oficio al Juzgado comisionado y déjese constancia de lo actuado
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.- EL SECRETARIO,

VJGJ/nr ABG. RICHARS MATA
EXP. N° 10947


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 16 de junio de 2004.
195º y 145º
OFICIO No. 0855-1084
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y boleta de notificación librada en fecha 15 de octubre de 2002, en el Juicio que por NULIDAD DE TRANSACCION sigue ante este Tribunal, el ciudadano JOSE LUIS SOSA contra WILLIAN AGUANA, el cual se sustancia en el Expediente No. 10947, a fin de que se sirva practicar la notificación del demandado, todo para lo cual Ud., ha sido suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/nr
Exp. Nº. 10947
Anexo: Lo indicado.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DE MUNICIPIO INDEPENDENCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
HACE SABER:
Que en el Juicio que por NULIDAD DE TRANSACCION sigue ante este Tribunal ciudadano JOSE LUIS SOSA contra WILLIAN AGUANA, que se sustancia en el Expediente No.999462, Ud., ha sido suficientemente comisionado para practicar la notificación del avocamiento del Juez, a la parte demandada ciudadano WILLIAN AGUANA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.209.614 y/o a su apoderado judicial , en la siguiente dirección Calle Bolívar, Edificio Mammana, Piso 01, oficina N° 12, Santa Teresa del Tuy y a tal efecto se le remite la boleta librada en fecha 15 de octubre de 2002.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderado judicial a la abogada en ejercicio INGRID GONZALEZ GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 50.260.
Que la parte demandada actúa en su propio nombre y representación.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los dieciséis (16) días del mes de junio de dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 1465º de la Federación.-

EL JUEZ,


DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,


ABG. RICHARS MATA




VJGJ/nr
Exp. Nº.10947