REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.

193º y 145º
Los Teques, 21 de junio de 2004

Vista la diligencia que antecede de fecha 16 de los corrientes, suscrita por el abogado en ejercicio NELSON ALTERIO, en su carácter de representante de la parte actora en el presente juicio, mediante la cual expone que en virtud de haber llegado a una transacción judicial en el presente caso, en nombre de su representado desiste del presente procedimiento de amparo, y solicita al Tribunal se imparta su homologación y ordene el archivo del expediente. El Tribunal le imparte su aprobación y en consecuencia HOMOLOGA el desistimiento en el presente procedimiento de INTERDICTO DE AMPARO interpuesto por BIENES RAICES CHIRIMENA MAR C.A., contra el ciudadano OTELLO PERROZI CIOLFE, en los mismos términos expuestos, todo de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 13748