REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veinticinco (25) de junio de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente las diligencias suscritas, en fechas 17 y 21 de los corrientes, por los abogados en ejercicio JOSE BRITO y JUAN MORANTE, apoderados judiciales de la parte demandada y parte actora, respectivamente, mediante las cuales apelan de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 14 de junio de 2004, este Tribunal por cuanto observa que el recurso fue ejercido oportunamente, se OYE LA APELACION interpuesta en AMBOS EFECTOS, en consecuencia se ordena de inmediato la remisión del presente expediente junto con oficio al Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial y sede, a los fines de que conozca las apelaciones interpuestas por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 294 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese oficio y remítase al Tribunal de Alzada, dejándose constancia de lo actuado.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede..
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 11052
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.
Los Teques, 25 de junio de 2004.
191º y 142º
OFICIO No. 0855-
CIUDADANA:
JUEZ SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y DE
PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., a fin de remitir adjunto al presente Oficio, Expediente Original signado con el No. 11052, contentivo del Juicio que por DESALOJO es seguido ante este Tribunal por los ciudadanos MANUEL BARREIRO TEIXEIRA C. JOSÉ BARREIRO TEIXEIRA C. MARÍA JOSÉ BARREIRO TEIXEIRA COELHO, CONCEICAO BARREIRO TEIXEIRA DE DO REGÓ y JOAO TEIXEIRA COELHO contra BAR RESTURANT, QUINCALLA, ESTACIÓN DE SERVICIO Y BOMBA DE GASOLINA LOS CERRITOS C.A., contentivo de DIEZ (10) piezas, las cuales se especifican de la siguiente manera, del Juicio Principal; la primera pieza constante de CIENTO TREINTA (130) folios útiles, la segunda pieza de QUINIENTOS DIECINUEVE (519) folios útiles, la tercera pieza de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE (259) folios útiles; la cuarta pieza de TRESCIENTOS VEINTITRES (323) folios útiles, la quinta pieza de DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS (266) folios útiles; y la sexta pieza de SIETE (7) folios útiles; Cuaderno de Medidas constante la primera pieza de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO (444) folios útiles y la segunda de UN (1) folio útil; Cuaderno de cotejo constante la primera pieza constante de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO (584) folios útiles y la segunda de CUATRO (4) folios útiles.
Remisión que se le hace a los fines de que conozca las apelaciones interpuesta por ambas partes.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/ag
Exp.No. 11052
Anexo: Lo indicado