REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DELESTADO MIRANDA. Los Teques, 16 de junio de dos mil cuatro.

194º y 145º
Por cuanto en el despacho de comisión librado por éste Tribunal en fecha 16 de los corrientes se cometió un error involuntario, al no indicar quien es la parte demandada y al señalar en dos oportunidades que “para el momento de la practica de la medida en cuestión, deberá actuar con prudencia, para dirimir la controversia que se pudiera suscitar”; este Tribunal a los fines de subsanar dicho error cometido, deja sin efecto el despacho de comisión en referencia; se ordena librar nuevamente el mismo, con las correcciones pertinentes y remitirlo al JUZGADO EJECUTOR comisionado a los fines de que se sirva practicar la medida de secuestro decretada por éste Tribunal en fecha 16-06-2004.- LIBRESE NUEVO DESPACHO y REMITASE JUNTO CON OFICIO .- CUMPLASE
JUEZ
DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

NOTA: en la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado

EL SECRETARIO
VJGJ/rosa*
Exp. No.14405



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

HACE SABER AL:

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Que con motivo del juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por el abogado MOISÉS YÉPEZ CONDE, quien actúa como Apoderado Judicial del ciudadano TOMAS RAMOS DIAZ, contra el ciudadano: JOSE DOS RAMOS DA SILVA, el cual se sustancia en el expediente signado con el No.14405 (nomenclatura de este Tribunal), se ha ordenado comisionarlo a objeto de que se sirva practicar la medida de SECUESTRO, decretada por este Tribunal con fundamento al ordinal 7º del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, y que recayó sobre el siguiente bien inmueble: Quinta BERYL, Nº42, ubicado en la Avenida Principal Zona Estanque, Los Castores, San Antonio de Los Altos Estado Miranda.
Que se le faculta para designar DEPOSITARIO DEL INMUEBLE, al ciudadano: TOMAS RAMOS DIAZ, quien es la parte actora en el juicio.
Que se le faculta para nombrar DEPOSITARIO JUDICIAL Y PERITO AVALUADOR, en caso de ser necesario.
Que en el caso de que la parte demandada, para el momento de la practica de la medida de secuestro, presente al Juzgado Ejecutor de Medidas

comisionado, copia certificada, recibo otorgado por el Tribunal de Municipio competente para recibir las consignaciones efectuadas a nombre de la demandante; o en su defecto cualquier instrumento privado que guarde relación con el canon de arrendamiento, siendo que los mismos deberán ser consignados a la presente comisión, y se abstendrá de practicar la medida de secuestro debiendo devolver la presente comisión a este Tribunal en el estado en que se encuentra a la mayor brevedad posible y con carácter de urgencia.
Que para el momento de la practica de la medida en cuestión, deberá actuar con prudencia, para dirimir la controversia que se pudieran suscitar.
Que la parte demandada aún no tiene apoderado judicial debidamente constituido.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. En Los Teques, a los veinticinco (25) días del mes de junio de dos mil cuatro. Años 194º de la Independencia y 145º de la Federación.
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/rosa*
Exp.No.14405








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, 25 de junio de 2004
194º y 145º
No.________
CIUDADANO:
JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUAICAIPURO, CARRIZAL Y LOS SALIAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
SU DESPACHO
Me dirijo a usted, a fin de remitirle anexo al presente oficio COMISION que le fuera conferida por este Tribunal, en virtud del juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuesto por el abogado MOISÉS YÉPEZ CONDE, quien actúa como Apoderado Judicial del ciudadano TOMAS RAMOS DIAZ, contra el ciudadano: JOSE DOS RAMOS DA SILVA, el cual se sustancia en el expediente signado con el No.14405 (nomenclatura de este Tribunal), y a los fines de que se sirva practicar darle el debido cumplimiento. Asimismo se le informa que se dejó sin efecto el despacho librado en fecha 16-06-2004.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

VJGJ/rosa*
Exp. No.14405