REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiocho (28) de junio del año dos mil cuatro (2004).-
194° y l45°
Vista la anterior diligencia de fecha 25 de junio del año en curso, suscrita por la abogada GILDA MARIA DE AVEIRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.587, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, y el pedimento en la misma contenido, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado, y ordena librar comisión al Juzgado del Municipio Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Rio Chico, a los fines de que el Secretario de ese Despacho se sirva fijar en el domicilio de la parte demandada, ciudadano: IGNACIO DI PASCUALE, para así dar cumplimiento a la formalidad contenida en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrense comisión y expídase copias certificadas de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1° de la Ley de Sellos.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
---En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.-
EL SECRETARIO ,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/yza
EXP. N°. 14084
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-
Los Teques, 28 de junio de 2004
194° y l45°
OFICIO N° 0855-1148
CIUDADANO:
JUEZ DEL MUNICIPIO PAEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN RIO CHICO.
SU DESPACHO.
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada del Cartel de Citación librado al ciudadano IGNACIO DE PASCUALE en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue por ante este Tribunal RINCÓN MOLINA Y ASOCIADOS C.A a los fines de que el secretario de ese Despacho se sirva fijar en el domicilio de la parte demandada ciudadana IGNACIO DI PASCUALE, situado en la ciudad de Río Chico, Urbanización Los Canales, Edificio Flamingo , apartamento 319, en el Municipio Paz del Estado Miranda, la copia certificada del Cartel de Citación que se anexa al presente oficio, para así dar cumplimiento a la formalidad contenida en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.- Se anexa la copia certificada del Cartel.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele devolver original con sus resultas.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/yza
EXP. N°. 14084
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y PEDRO GUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-
HACE SABER:
Que en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue ante este Tribunal RINCÓN MOLINA Y ASOCIADOS C.A contra el ciudadano DI PASCUALE IGNACIO, que se sustancia en el Expediente No.14084, Ud., ha sido suficientemente comisionado a los fines de que el secretario de ese Despacho se sirva fijar en el domicilio de la parte demandada ciudadano IGNACIO DI PASCUALE, situado en la ciudad de Río Chico, Urbanización Los Canales, Edificio Flamingo , apartamento 319, en el Municipio Paz del Estado Miranda.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderada judicial a la abogada en ejercicio GILDA MARIA DE AVEIRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 56.587.-
Que la parte demandada NO tiene como apoderados judiciales debidamente constituido.-
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los veintiocho (28) días del mes de junio del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
Abg. RICHARS MATA
VJGJ/yza
Exp. Nº.14084
Quien suscribe abogado RICHARS MATA Secretario de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que la anterior copia fotostática es traslado fiel y exacto de su original que corrió inserto en el presente expediente signado con el N° 14084 ante este Tribunal, con motivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES seguido por RINCÓN MOLINA Y ASOCIADOS C.A contra DI PASCUALE IGNACIO, cuyas actuaciones fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques veintiocho (28) de junio de dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
RM/yza.
EXP N° 14.084