REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiocho (28) de junio de dos mil cuatro (2004)-.
194º y 145º
---Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente el documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Autónomo Brión y Buroz del Estado Miranda, Bajo el N º 28, folios 132 al 136, Protocolo Primero, Tomo 08, Segundo Trimestre, de fecha 14 de mayo de 1.996; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana MARITZA DEL VALLE MARTINEZ FLORES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N º V-6.837.685, sobre las bienhechurias cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente identificados en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena la devolución de las mismas, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR J. GONZÁLEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
---En la misma fecha se devuelven las presentes actuaciones.-
EL SECRETARIO,
VJGJ/Damelis
Solicitud Nº 20237