REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintiocho (28) de junio de dos mil cuatro (2004).-

194º y145º


Por cuanto han sido consignados los fotostatos requeridos, se ordena librar la boleta de notificación ordenada en el auto de fecha 14-06-2004. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA


VJGJ/yza
Exp. 99-9254














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 28 de junio de 2004
194º y 145º

BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:

Al ciudadano JOSÉ GABRIEL VIEIRA VIVO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.480.254, en el juicio que por INTERDICTO DE DESPOJO, es seguido en su contra por FRIGORÍFICO “EL TUY” C.A, el cual se sustancia en el Expediente signado con el Nº 99-9254, que este Tribunal en fecha 14 de junio 2004, dictó auto mediante el cual se ordenó su citación mediante boleta, a fin de que comparezca ante este Tribunal al segundo (2°) día de despacho siguiente a su citación y exponga los alegatos que considere pertinentes en defensa de sus derechos y vencido este término quedará abierta a pruebas la presente causa por el término de diez (10) días de despacho. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 701 del Código de Procedimiento Civil.-

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VJGJ/yza
EXP. N° 99-9254







Quien suscribe abogado RICHARS MATA, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las anteriores copias fotostáticas son traslado fiel y exacto de sus originales que corrieron insertos en el presente expediente signado con el N° 99-9254 ante este Tribunal, con motivo del juicio de INTERDICTO DE DESPOJO, seguido por FRIGORÍFICO “EL TUY”. C.A contra el ciudadano VIEIRA VIVO JOSE GABRIEL, cuyas actuaciones fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques veintiocho (28) de junio de dos mil cuatro (2004).


EL SECRETARIO.,

ABG. RICHARS MATA.




RM/yza
EXP N° 99-9252