REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintinueve (29) de junio de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede de fecha 25 de los corrientes, suscrita por el abogado en ejercicio JOSE ALVARO VALERO REINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 71155, en su carácter de autos, mediante la cual solicita al Tribunal le sea expedido el primer cartel de remate, se acuerda de conformidad lo solicitado en consecuencia de conformidad con lo establecido en los artículos 551 y 552 del Código de Procedimiento Civil, se ordena librar el primer cartel de remate, el cual deberá ser publica en el Diario La Región. Líbrese cartel de remate y déjese constancia de lo actuado.
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 10749


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintinueve (29) de junio de dos mil cuatro (2004).
194° y 145°
PRIMER CARTEL DE REMATE
SE HACE SABER:
Que con motivo del Juicio que por INTIMACION sigue ante este Tribunal la ciudadana BLANCA MIRIHAN BARRERA contra el ciudadano LUIS OSCAR ROJAS, será sacado a remate en la Sala de Despacho de este Tribunal, a las 10:00 a.m., de DECIMO DIA de despacho siguiente a la publicación y consignación que del último Cartel se haga, el siguiente bien inmueble: constituido por un lote de terreno ubicado en el lugar conocido como Pueblo Nuevo, Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con terrenos de Atanasio Grimán; SUR: Con terrenos de Adán Hidalgo y Carlos Lugo; ESTE: Camino de Retamal; y OESTE: Con cafetales del Banco Caracas. A dicho inmueble se le hizo una aclaratoria de linderos, quedando los mismos fijados de la siguiente manera: NORTE: Con casa y terreno que es o fue de José Francisco Magallanes, empezando en una línea quebrada de cuarenta y cinco metros aproximados, partiendo del punto L20 hasta llegar al punto L52; SUR: Con casa y terreno de José Rafael Orea Bello, en línea recta de cincuenta y un metros aproximados, partiendo del punto L2, hasta llegar al punto L12; ESTE: Bordeando la calle principal de Santa Eulalia arriba, vía automotriz en una línea quebrada de ciento siete metros aproximadamente, partiendo del punto L52 hasta llegar al punto L2; y OESTE: Con casas y terrenos que son o fueron de Diana Alvarez Camacho y Luis Rafael Subero, partiendo del punto L12 hasta llegar al punto L20. Todo comprendido en una superficie de CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS ( 5.253, 58 Mts.2), dicha aclaratoria de linderos quedó registrada ante la Oficina Subalterna del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 13 de julio de 2000, bajo el No. 01, Protocolo Primero, Tomo 5, del Trimestre en curso. Y le pertenece al ciudadano LUIS OSCAR ROJAS, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 08 de junio de 2000, bajo el No. 22, Tomo 17, Protocolo Primero.
Que sobre el bien inmueble antes identificado pesan los siguientes gravámenes:
1.- Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado y participada al Registro Subalterno del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, según Oficio No.0855-2023, de fecha 31-07-2000.
2.- Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado y participada al Registro Subalterno del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, según Oficio No.0855-891, de fecha 09-05-2001.
3.- Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y participada al Registro Subalterno del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, según Oficio No.1207, de fecha 03-07-2002.
2.- Medida Ejecutiva de Embargo practicada por el Juzgado Ejecutor de medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, participada a la referida Oficina Subalterna de Registro, según oficio No. 408, de fecha 14-07-2003
Que el remate versará sobre la propiedad del inmueble anteriormente descrito, y su producto se destinará al pago de la deuda que el ejecutado tiene con el ejecutante.
Que para mayor información deberá acudir ante la Secretaría de este Despacho, entre las horas comprendidas de 8:30 a.m. a 1:30 p.m.
El presente Cartel deberá ser publicado en el Diario “LA REGION”, conforme a lo establecido en los artículos 551 y 552 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/ag
Exp.No. 10749