REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintinueve (29) de junio de dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la diligencia de fecha 19 de los corrientes, suscrita por el abogado en ejercicio IBRAHIN BASTARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.22.409, así como la solicitud en la misma contenida, este Tribunal por cuanto observa que el lapso otorgado a la parte perdidosa para que diera cumplimiento voluntario al cumplimiento de la obligación se encuentra vencido, de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, decreta la EJECUCION FORZOSA del cumplimiento y en consecuencia decreta embargo ejecutivo sobre los bienes muebles pertenecientes a la parte demandada, y a tal efecto se ordena librar mandamiento de ejecución a cualquier Juez Competente de la República Bolivariana de Venezuela donde se encuentren bienes de la parte demandada.- Líbrese mandamiento de ejecución junto con oficio y déjese constancia de lo actuado.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp. Nº. 13230
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.-
A
AL JUZGADO DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ACEVEDO, BRION, BUROZ, ANDRES BELLO, PAEZ Y PEDRO GUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN CAUCAGUA
SE HACE SABER:
Que este Tribunal actuando en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue el ciudadano BELISARIO BRIGIDO contra la ASOCIACION CIVIL LINEA SAN ANTONIO, representada por el ciudadano FLORENCIO BENAVENTE, que este Tribunal por auto de esta misma fecha decretó MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes de la parte demandada hasta por la cantidad de TRECE MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 13.200.000,oo), cantidad que comprende el doble de la cantidad demandada y las costas prudencialmente calculadas por este Tribunal en la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 1.650.000,oo); todo lo cual suma la cantidad de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 14.850.000,oo) cantidad ésta que deberá ser embargada. En caso de que la medida recayere sobre cantidades líquidas de dinero, la medida decretada será hasta por la suma de OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 8.250.000,oo), que comprende la cantidad demandada de SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 6.600.000,00), más las costas procesales calculadas en un 25%, de UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 1.650.000,00).
Que se le ha comisionado amplia y suficientemente a fin de que sirva trasladarse y constituirse en el sitio que indique la parte interesada y practique la medida decretada.
Que se le faculta amplia y suficientemente para designar Depositario Judicial y Perito en caso necesario.
Que la parte actora se encuentra representada por los abogados en ejercicio IBRAHIN BASTARDO y TIBISAY RODRIGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 22.409 y 24.527 respectivamente.-
Que la parte demandada aún no tiene apoderados judiciales constituidos en autos.-
Que una vez cumplida la presente comisión, se servirá devolver original con las resultas, a la mayor brevedad posible.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los veintinueve (29) días del mes de junio del año dos mil cuatro (2.004). Años 194º de la Independencia y 145º de la federación.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VJGJ/nr
Exp:13230
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
Los Teques, 29 de junio de 2004
194º y 145º
OFICIO Nº.0855-
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ACEVEDO, BRION, BUROZ, ANDRES BELLO, PAEZ Y PEDRO GUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN CAUCAGUA.
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio y constante de dos (2) folios útiles, MANDAMIENTO DE EJECUCION librado en el Juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS sigue BELISARIO BRIGIDO contra la ASOCIACION CIVIL LINEA SAN ANTONIO, representada por el ciudadano FLORENCIO BENAVENTE, y que se sustancia en el Expediente signado con el Nº.13230, a fin de que se sirva darle cumplimiento al mismo, todo para la cual Ud., ha sido suficientemente comisionado y facultado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/nr
Exp. Nº.13230