REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
193º y 145º
En horas de despacho del día de hoy, siete (7) de junio dos mil cuatro (2004), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada en autos para que tenga lugar el acto de contestación a la demanda en el presente juicio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal, en la forma legal, encontrándose presente la ciudadana YELITZA MARTINEZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº.11.821.356, parte demandada en el presente juicio, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MIGUEL ANIBAL ZAMBRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.861, se deja constancia de que la Fiscal del Ministerio Público no se hizo presente, ni tampoco la parte actora ni por sí ni mediante apoderado judicial. Seguidamente la parte demandada en el presente juicio expone: Siendo la oportunidad legal para la contestación de la demandada consignó escrito de dos (02) folios útiles, para que sean agregados a los autos y surtan los efectos legales, de acuerdo como lo establece el artículo 360 del Código de Procedimiento Civil. El Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil, estima contradicha la demanda en todas y cada una de sus partes y se declara abierta a pruebas la causa, conforme a la Ley. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSEGONZALEZ JAIMES
LA DEMANDADA Y SU ABOGADO
ASISTENTE,
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA