REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, siete (07) de junio de dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano NICOLAS RAMON ASCANIO INFANTE, en su carácter de parte solicitante, asistido por la abogada MARIALEX XANDRA DE FALCON, mediante la cual consigna nombre de cuatro (4) parientes o amigos a los fines de su interrogatorio conforme a lo establecidos en el artículo 396 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, este Tribunal dispone: 1°) Se fija el Segundo (2°) día de despacho siguiente al de hoy a las 10:00 a.m., a los fines de interrogar al ciudadano JOAQUIN ANTONIO ASCANIO INFANTE y 2°) Se fijan las 10:00 a.m., 10:30 a.m., 11:00 a.m y 11:30 a.m., para oír a los ciudadanos JUSTINA ASCANIO DE FARIAS, LILIA BENIGNA ASCANIO y PABLO MARCELINO PACHECO BARROSO, respectivamente, a los fines de que sean interrogados por el Tribunal sobre los hechos alegados y 3°) Se insta a la parte solicitante a que indique el testigo faltante, a los fines de proceder a su interrogatorio.
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA
EXP N° 14331
VJGJ/Jenny