REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, 08 de junio de dos mil cuatro.

194º y 145º

Recibida la presente demanda, mediante el sistema de distribución de causas, correspondiéndole el conocimiento de la misma a este Juzgado, désele entrada en los libros respectivos, anótese bajo el Nº14502. En consecuencia, por cuanto dicha demanda no cumple con los requisitos establecidos en los ordinales 2º, 4º, 5º y 6º del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal se abstiene de admitir la misma, hasta tanto la parte demandante subsane la omisión señalada y una vez conste en autos dicha subsanación, este Tribunal emitirá su pronunciamiento sobre la admisión o no de la demanda.
EL JUEZ

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

VJGJ/rosa*
Exp.Nº14502