REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro (2004).-
194º y 145º
Vista la diligencia de fecha 07 de junio del año en curso, suscrita por la ciudadana AURA MARIA BERMUDEZ, en su carácter de autos, debidamente asistida de abogada, mediante la cual solicita le sean devueltos los documentos originales consignados, o en caso contrario se le expidan copias certificadas de los mismos, este Tribunal de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, acuerda y ordena expedir por Secretaria las Copias Certificadas solicitadas, así como de la diligencia solicitando las copias y del presente auto. Con la excepción de aquellas que por su naturaleza puedan ser certificadas. Certifíquense los fotostatos respectivos de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 ejusdem y el artículo 1º de la Ley de Sello. Expídanse copias certificadas. Cúmplase.-
EL JUEZ.-
DR. VICTOR GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA
VGJ/lisbeth
EXP.N° 13265
El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: Que los anteriores fotostatos son traslados fiel y exacto de sus original, los cuales corren insertos en el Expediente Nº 13265, contentivo del juicio de PARTICION DE HERENCIA seguido por la ciudadana AURA MARIA BERMUDEZ contra SUCESORES DE TEIXEIRA LEMOS FRANCISCO VICENCIO. Los cuales fueron autorizados por el Juez de éste Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 1º de la Ley de Sellos.- Los Teques, nueve (09) de junio del año dos mil cuatro (2004).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA