REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro.
194º y 145º
Vista la diligencia anterior de fecha 02 de junio de 2004, estampada por la abogada en ejercicio NILDA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.954, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual indica el domicilio de la parte demandada, asimismo consigna los fotostatos respectivos a los fines de librar las compulsas y solicita se ordene la citación en saneamiento, en los términos previstos en el artículo 370 del Código de Procedimiento Civil, a SEGUROS NUEVO MUNDO, S.A., en su carácter de garante, este Tribunal DISPONE: 1°) Consignados como han sido los fotostatos, líbrese las compulsas respectivas. 2°) Por cuanto los demandados tienen sus domicilio en la ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del ejusdem, se ordena comisionar amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los fines de que el Alguacil de esa Jurisdicción practique las citaciones respectiva y 3°) En cuanto a la citación de SEGUROS NUEVO MUNDO, S.A., en su carácter de garante, este Tribunal ante de emitir pronunciamiento considera transcribir el artículo 869 del Código de Procedimiento Civil, en su segundo aparte, el cual expresa lo siguiente:
“…Cuando en la oportunidad de la contestación de la demanda alguna de las partes solicitare la intervención de los terceros a que se refieren los ordinales 4° y 5° del artículo 370, la fijación de la audiencia preliminar se hará el día siguiente a la contestación de la cita o de la última de éstas si fueren varias, de modo que se siga un solo procedimiento…”
De la norma parcialmente transcrita, se evidencia que la oportunidad para que las partes soliciten la intervención de terceros a que se refieren los ordinales 4° y 5° del artículo 370 de la Ley Adjetiva Procesal, es al momento de la contestación de la demanda.
En el caso bajo estudio se observa que la representación judicial del demandante, requiere del Tribunal se ordene la citación en saneamiento de la garante Seguros Nuevo Mundo S.A., ahora bien, conforme al contenido de la mencionada disposición legal se colige que dicha intervención debe solicitarse al momento de la contestación de la demanda, y no antes de esta etapa procesal, en razón de ello, resulta forzoso para este Tribunal declarar IMPROCEDENTE el pedimento formulado por la citada profesional del derecho y así se decide.-. Líbrense compulsas, comisión y oficio y déjese constancia de lo actuado. CUMPLASE.-
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
ABG. RICHARS MATA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14440

















El suscrito, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente Nº 14440, en el juicio de TRANSITO (DAÑOS Y PERJUICIOS) interpuesto por RAFFAELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI, contra THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, SOCIEDAD MERCANTIL FIVESTOR, C.A. Y GUSTAVO ANTONIO SUAREZ. Las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro (2004).
194° y 145º

SE HACE SABER: Al ciudadano GUSTAVO ANTONIO SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.348.606 parte co-demandado el juicio de TRANSITO sigue RAFFAELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO Y la Sociedad Mercantil FIVESTOR, C.A., consten en autos, más cuatro (4) días como término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14440
































El suscrito, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente Nº 14440, en el juicio de TRANSITO (DAÑOS Y PERJUICIOS) interpuesto por RAFFAELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI, contra THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, SOCIEDAD MERCANTIL FIVESTOR, C.A. Y GUSTAVO ANTONIO SUAREZ. Las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro (2004).
194° y 145º

SE HACE SABER: Al ciudadano THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.369.863 parte co-demandado el juicio de TRANSITO sigue RAFFAELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de GUSTAVO ANTONIO SUAREZ y la Sociedad Mercantil FIVESTOR, C.A., consten en autos, más cuatro (4) días como término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14440























El suscrito, Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales, las cuales cursan al expediente Nº 14440, en el juicio de TRANSITO (DAÑOS Y PERJUICIOS) interpuesto por RAFFAELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI, contra THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, SOCIEDAD MERCANTIL FIVESTOR, C.A. Y GUSTAVO ANTONIO SUAREZ. Las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo lo de la ley de sellos. Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro (2004).
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA.
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (09) de junio del dos mil cuatro (2004).
194° y 145º
SE HACE SABER: A la Sociedad Mercantil FIVESTOR, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 15 de mayo del año mil novecientos noventa y siete (1997) y quedó inscrita en el Registro de Comercio bajo el N° 37, Tomo 1-D, en la persona de su Administrador ciudadano THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.369.863 parte co-demandado el juicio de TRANSITO sigue RAFFAELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI que deberá comparecer ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la citación que de Ud., y de los ciudadanos THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO Y GUSTAVO ANTONIO SUAREZ, consten en autos, más cuatro (4) días como término de distancia que se le concede, a dar contestación a la demanda a que se refiere el libelo anterior.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA.
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14440





























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
Los Teques, 09 de junio del 2004.
194º y 145º
OFICIO Nº 0855-
CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a usted; a fin de remitirle anexo al presente oficio, comisión que se le ha sido conferida, a los fines de que se practique las citaciones de la parte demandada THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, SOCIENDAD MERCANTIL FIVESTOR, C.A. Y GUSTAVO ANTONIO SUAREZ en el juicio que por TRANSITO (DAÑOS Y PERJUICIOS) sigue RAFFAELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI según expediente Nº 14440. Estimándosele que una vez cumplida la misma se devuelva originales con sus resultas.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/lisbeth
Exp Nº 14440






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
HACE SABER:
Que en el Juicio que por TRANSITO (DAÑOS Y PERJUICIOS) sigue ante este Tribunal el ciudadano RAFFELLO ENRICO LOMBARDI FERRARI contra THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, Sociedad Mercantil FIVESTOR, C.A. Y GUSTAVO ANTONIO SUAREZ que se sustancia en el Expediente Nº 14440, Ud., ha sido suficientemente comisionado para que practiquen las citaciones de la parte demandada, THEODORE PANAYOTIS KONSTANTINO ZUMBULIO, Sociedad Mercantil FIVESTOR, C.A. Y GUSTAVO ANTONIO SUAREZ, y a tal efecto se le remite compulsa.
Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la práctica de la misma.-
Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-
Que la parte actora tiene como apoderada judicial a la abogada NILDA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.954.
Que la parte demandada no tiene apoderado judicial debidamente constituidos.
Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolverla original con sus resultas.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los nueve (09) días del mes de junio del dos mil cuatro (2004).- AÑOS: 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA
VJGJ/lisbeth
Exp. Nº 14440