REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSIOT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, nueve (09) de junio de dos mil cuatro (2004).-

194° y 145°

De la revisión efectuada a las actas procesales que conforman el presente procedimiento, se observa que este Tribunal por auto de fecha 18 de mayo de 2004, proveyó sobre una diligencia suscrita por el abogado LEANDRO GUERRERO, de fecha 12 de mayo de 2004, y por cuanto no consta de autos que el mencionado profesional del derecho seas parte en la presente causa y mucho menos que su petitorio corresponda al presente expediente signado con el N° 97-6384 (Nomenclatura de este Juzgado), el Tribunal en uso de las facultades conferidas y de un exhaustivo análisis a las causas cursantes en este Despacho, deja expresa constancia que la misma fue anexada por error involuntario al presente expediente. En consecuencia, este Tribunal a los fines de corregir dicho error decreta la nulidad total del mencionado auto inserto a los folios 12 al 29 de la III pieza conforme a lo establecido en el artículo 207 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO


ABG. RICHARS MATA
EXP N° 97-6384
VJGJ/Jenny