REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 28 de Julio de 2003
192° y 144°


Visto el escrito presentado por la Abogada MARITZA MATERAN PÉREZ, Defensora Pública del imputado NELSON ENRIQUE CHIRINOS HERNÁNDEZ, Cédula de Identidad N° V-844.691, y residenciado en callejón San Rafael, casa sin número, El Vigia, Los Teques, Estado Miranda; mediante el cual solicita el cierre del Libro de Presentaciones y el cese de las demás medidas impuestas a su defendido. A tales efectos, este Tribunal observa:
En fecha 18 de Julio de 2.002 la ciudadana Fiscal Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, presentó ante éste organismo jurisdiccional al ciudadano NELSON ENRIQUE CHIRINOS HERNÁNDEZ, por haber sido aprehendido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que aparecen explanadas en el Acta de Audiencia oral levantada al efecto, calificando los hechos en los cuales se encuentra incurso el mismo como la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en el Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; acordándose en dicha oportunidad imponerle al imputado la medida cautelar prevista en el ordinal 3 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la presentación periódica del imputado ante éste Tribunal, cada treinta (30) días; observándose al efecto, que el mencionado ciudadano ha dado estricto cumplimiento a la misma, todo lo cual queda reflejado en el folio 131 del Libro de Presentaciones llevados por el Tribunal; por lo que considera quien aquí decide que habiendo transcurrido un lapso superior a lo seis (06) meses sin que la representación Fiscal haya presentado acto conclusivo alguno, y cumplida como fue por parte del imputado, lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud formulada por la Defensora Pública, y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la Ciudad de Los Teques, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por la Abogada MARITZA MATERAN PÉREZ, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano NELSON ENRIQUE CHIRINOS HERNÁNDEZ, NELSON ENRIQUE CHIRINOS HERNÁNDEZ, Cédula de Identidad N° V-844.691, y residenciado en callejón San Rafael, casa sin número, El Vigia, Los Teques, Estado Miranda; en consecuencia, se ordena el cese de la medida cautelar de presentación impuesta al mencionado ciudadano mediante decisión emitida el 18 de Julio de 2.002, y a tal efecto, se ordena colocar la correspondiente nota en el Libro de Presentaciones. Notifíquese a las partes. Cúmplase con lo ordenado.-
El Juez

JULIAN GREGORIO HURTADO LOZANO
La Secretaria

MAGHJOLY FARIAS
En esta misma fecha se público, y se libraron las correspondientes notificaciones.-

La Secretaria

MAGJOHLY FARIAS
JGHL/MF/alex
Causa N° 4C-9321/02