REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL LOS TEQUES

Los Teques, 08 de Junio de 2004.
194° y 145°

Juez Unipersonal: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal Primero del Ministerio Público: Dr. Eddi Rosales.-
Defensa Pública Penal: Dra. Cyndia González.-
Imputada: Katina Lisbeth Carrero de Hernández.-
Víctima: Olga Avelina Petit Garces.-
Secretaria: Abg. Ingrid Moreno.-
Delito: Contra las Personas.-
DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara Improcedente la solicitud interpuesta en fecha 15/05/2004, por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Dr. Atilano Mendoza; en relación a la protección en calidad de víctima del ciudadano Olga Avelina Petit Garces, titular de la cédula de identidad N° V-8.677.447; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 119 numeral 1, 118 y 123 del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica del Ministerio Público.-
Quedaron notificadas las partes de conformidad con el contenido del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Cúmplase.