REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 8 de JUNIO del 2.004
194° y 145°

CAUSA Nro. 2E-2399-00
JUEZA. AURA ELENA GUZMAN DIAZ
SECRETARIA: CELINA CONTRERAS

IDENTIFICACION DE LAS PARTES
PENADO: ESCALONA HERRERA LEONARDO, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.826.454, actualmente recluido en el Centro Penitenciario Región Yare I.

DEFENSA PUBLICA PENAL: Abog. ELENA LUIS HERNANDEZ

VICTIMAS: OSWALDO NESKOVIE y NATALIE MONIQUE.

REPRESENTACION FISCAL: Abog. IBRAHIN ZARRAGA, Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con competencia en materia de Ejecución de sentencias y Régimen Penitenciario.

DELITO: HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION.

Visto el oficio S/Nro. de fecha 18/05/2004 suscrito por el Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare I y recibido ante esta Instancia en fecha 01/06/2004, mediante el cual solicita copia certificada de la sentencia dictada en contra del penado ESCALONA HERRERA LEONARDO asi como el cómputo de la pena impuesta, a los fines de tramitar la redención de la pena por el trabajo y el estudio solicitada por dicho ciudadano.






Este Tribunal para decidir observa:

De la revisión de las actuaciones se constata que esta Instancia Jurisdiccional cuando dictó el auto de ejecución y cómputo de la pena en fecha 12/0372003 no ordenó la remisión de copia certificada de la decisión condenatoria proferida en fecha 30/08/2000, ni del cómputo de la pena correspondiente al ciudadano ESCALONA HERRERA LEONARDO, a los fines de que fueran agregados en su expediente carcelario, quién actualmente se encuentra recluido en el Centro Penitenciario Región Capital Yare I. En tal sentido, esta Juzgadora ordena a la secretaría del Tribunal expedir certificación de lo solicitado ut supra y su remisión inmediata a esa Dirección carcelaria, en aras de la tramitación de una redención de la pena con el trabajo y el estudio peticionada por el sub júdice. ASI SE DECLARA.
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Declara con lugar el pedimento formulado por el Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare I, en tal sentido, ordena a la secretaría del Despacho expedir las copias certificadas de la sentencia condenatoria proferida en contra del penado ESCALONA HERRERA LEONARDO ALFONSO, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.826.454 y del cómputo de la pena y su inmediata remisión a la Dirección carcelaria in comento, en aras de la tramitación de una redención de la pena con el trabajo y el estudio peticionada por el sub júdice.

Registrese, Publíquese, déjese copia. Oficiese adjuntando lo solicitado. CUMPLASE.
LA JUEZA

AURA ELENA GUZMAN DIAZ



LA SECRETARIA

CELINA CONTRERAS


Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto precedente.

LA SECRETARIA

CELINA CONTRERAS





AEGD/CC/
exp. 2E-2399-00