REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
NRO. DE EXPEDIENTE 1E-200-03
TITULO DE LA DECISIÓN CESE DE MEDIDA
FECHA DE PUBLICACIÓN 10-06-2004
PROCEDIMIENTO
DELITO 166 ROBO GENERICO
PARTES JUEZ: JUAN PABLO BORREGALEZ DELGADO
FISCAL: XV DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: SE OMITE IDENTIFICACION
DEFENSA: DEFENSOR PUBLICO
RESUMEN DE LA DISPOSITIVA
Por cuanto, tal como consta de autos, mediante Sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en fecha 24-04-2003, en el cual le fue impuesta al joven Prohibida su Identificación; el cumplimiento de la medida de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de un (1) año, por haber sido encontrado responsable de la comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto en el artículo 457 del Código Penal.
En fecha 19-06-2003, este Tribunal practica cómputo relativo al tiempo de cumplimiento de la medida de libertad asistida, impuesta al joven Prohibida su Identificación, donde consta que el adolescente de marras cumple la medida de Libertad asistida desde el día 10-06-2003, por el lapso de un (1) año, culminando la misma el 10-06-2004, para lo cual a los fines de efectuar el cese de la medida, fue solicitada información del cumplimiento de la Misma.
En fecha 22-08-2003, este Tribunal practica cómputo relativo al tiempo de cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta, impuesta al joven Prohibida su Identificación, donde consta que el adolescente de marras cumple la medida de Reglas de Conducta desde el día 10-06-2003, por el lapso de un (1) año, culminando la misma el 10-06-2004,
En fechas 18-05-2004, se recibe oficio No. 238-04 del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia del Estado Miranda, donde remiten informe evolutivo, donde informan que el joven Prohibida su Identificación, informan, cumplió con los objetivos plantados en el plan Socio Educativo
Ahora bien, revisado una vez más el computo, constatado como ha sido el cumplimiento de la medida sancionatoria de Libertad Asistida y reglas de conducta impuesta al joven Prohibida su Identificación, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Responsabilidad Penal del Adolescente en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, ordena la CESACION de las medidas de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, impuestas al joven Prohibida su Identificación, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de esta Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en sentencia de fecha 24-04-2003, de conformidad con lo establecido en el artículo 645 y 647 literal “h” a Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y se ordena su libertad Plena y el archivo del expediente en su oportunidad legal. Notifíquese a las partes, ofíciese al Servicio de Libertad Asistida, a fin de notificar el contenido de la presente decisión
El Juez
JUAN PABLO BORREGALES DELGADO