REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL LOS TEQUES
Visto el contenido del presente expediente, este Tribunal procede a Ejecutar la Sentencia dictada en contra del adolescente PROHIBIDA SU IDENTIFICACION en fecha 26-05-2004, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Control de esta Sección Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, procediéndose a la Ejecución de la sentencia, en virtud de haber sido encontrado responsable en la comisión del delito PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 278 del Código Penal, y SANCIONADO a cumplir con la medida sancionatoria de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad a lo dispuesto en el literal “c” del artículo 620 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 625 ejusdem, medida esta que deberá cumplir por ante el Consejo de Derecho del Niño y del Adolescente del Municipio Carrizal, la cual deberá cumplir por el LAPSO DE SEIS (6) MESES. Cuyo control de cumplimiento de dichas medidas estará a cargo de este Tribunal de Ejecución, y el cómputo definitivo se realizará una vez recibida la información por parte del CMDNAG, de haber iniciado su cumplimento. Así mismo se le informa al adolescente que el Tribunal podrá revisar o modificar o sustituirlas por otras, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Seguidamente el joven adulto PROHIBIDA SU IDENTIFICACION, manifiesta: “Me doy por notificado de la ejecución de la sentencia y de las medidas sancionatoria de Servicios a la Comunidad impuesta, y en el deber de cumplir con la medida. Es Todo Término. Se Leyó y conformes firman.
El Juez
DR. JUAN PABLO BORREGALES DELGADO
El Joven adulto
PROHIBIDA SU IDENTIFICACION
LA DEFENSORA
DRA. MARIA ALEXANDRA PRINCIPE
LA SECRETARIA
VIANNEY BONILLA
1E-318-04