REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todo lo expuesto anteriormente, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: La Privación Judicial Privativa de Libertad de los imputados TEOFILO CISNERO RONDON, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº12.087.195, residenciado en URB. CIUDAD LOZADA, SECTOR 03, VEREDA 16, CASA NRO. 02; y JORGE LUIS ALVARADO ROMERO, titular de la cédula de identidad N° 12.822.693, residenciado en URB. DOS LAGUNAS, BLOQUE 24, PISO 01, APTO. 102. STA. TERESA DEL TUY, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas SANTRI ELENA LADERA MENDEZ y MARIA ANTONIA RAGA DE VADEL, todo de conformidad con lo establecido en los ordinales 1°, 2° y 3° del artículo 250, y en el parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 254, ejusdem. Y así se decide.
Se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario en la presente causa y mantener recluido a los imputados en El Centro Penitenciario Región Capital Yare II a la orden de este Tribunal.
La Juez Segunda de Control
Abog. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO
La Secretaria
Abog. SANDRA SATURNO