REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Este Tribunal de Control, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: acuerda seguir la presente investigación por el procedimiento ordinario de conformidad al articulo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, Asimismo acuerda decretar para el ciudadano presente en sala la aplicación de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de conformidad al articulo 256 ordinales 3° y 6° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en la presentación por ante la oficina del alguacilazgo cada veinte (20) días por un lapso de seis meses y la prohibición de acercarse a las victimas, Se ordena la Libertad inmediata del ciudadano presente en sala y se acuerda la Practica de un Examen Medico Forense. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Se cierra la presente audiencia siendo las 2:50 PM. .Se declara cerrada la audiencia. Es todo, Termino, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL
DRA. FLOR COLMENARES
LA SECRETARIA,
ABG. VERONICA PETER