REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: Con Lugar el Procedimiento Ordinario y DECRETA: LA LIBERTAD al imputado WILMER RAVELO, de nacionalidad Venezolana, de 21 años de edad, natural de Ocumare del Tuy, fecha de nacimiento 10/07/82, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de AMERICA RAVELO y SANTO MAGDALENO CASTRO, residenciado en Ocumare del Tuy, Sector Los Alpes en la entrada, escalera No 03, Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad No V- 17.687.993, pero le impone de la medida cautelar del tenor siguiente: Presentación cada 15 días por ante la sede de este Tribunal, todo conforme a lo previsto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación.

EL JUEZ CUARTO DE CONTROL (T),
DR. ADRIAN DARIO GARCIA GUERRERO