REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: Con Lugar el Procedimiento Ordinario y DECRETA: LA LIBERTAD del imputado NUYESCA NACARI USECHE MENDOZA, de nacionalidad Venezolana, de 18 años de edad, natural de Caracas, fecha de nacimiento 10/03/86, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, hijo de NELSON USECHE y ANA MENDOZA, residenciado en Urbanización Brisas de Macuto, Primera Etapa, Calle No 01, Casa No 19 Santa Lucía, Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad No V- 17.144.372. Y se le impone de las medidas de los ordinales 5° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación.

EL JUEZ CUARTO DE CONTROL (T),
DR. ADRIAN DARIO GARCIA GUERRERO