REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley ACUERDA: Con Lugar el Procedimiento Ordinario y DECRETA: LA LIBERTAD al imputado JUAN JAVIER BELEÑO ROA, de nacionalidad Venezolana, de 26 años de edad, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 25/05/77, de estado civil soltero, de profesión u oficio Tapicero, hijo de DANIEL EDUARDO BELOÑA, BEATRIS ROA, residenciado en Avenida Bicentenaria, Sector Flecha de Copey Charallave, Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad No V- 14.966.471, pero le impone de las medidas cautelares del tenor siguiente: Presentación cada 15 días por ante la sede de este Tribunal, y la prohibición de salida de la jurisdicción del Tribunal, todo conforme a lo previsto en el artículo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal. Expídase la correspondiente Orden de Libertad.
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL (T),
DR. ADRIAN DARIO GARCIA GUERRERO.
SECRETARIO
FRANCISCO MAJANO