JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES.
ACTA
En horas de despacho del día de hoy, veintidós (22) de junio de 2004, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo de Cobro de Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano MARCO ANTONIO MATUTE BARRIOS, contra la empresa UNOPET C.A, se anunció el acto a la entrada del Tribunal “no” compareciendo la parte actora ni la demandada. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia Preliminar de ninguna de las partes intervinientes en el presente procedimiento, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, y en tal sentido: este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: desistido el procedimiento y terminado el presente proceso por cobro de prestaciones sociales incoado por el ciudadano MARCO ANTONIO MATUTE BARRIOS contra la empresa UNOPET C.A. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a las nueve de la mañana (9:00 a.m), en Los Teques, a los veintidós (22) días del mes de junio del año 2004. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ALIBERTH BELLO GOMEZ
LA JUEZ
ISBELMART CEDRE TORRES
LA SECRETARIA
EXP. 04937
ABG/ICT.
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