REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; once (11) de marzo de dos mil cuatro (2004).

193° y 145°

Visto el anterior libelo de demanda por Nulidad de Contrato de Compra Venta, presentada por la ciudadana ANA CECILIA RODRIGUEZ GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.553.352; el tribunal le da entrada en los libros respectivos bajo el N° 24.192 y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Emplácese a los ciudadanos MANUEL ANTONIO NEWMAN y RAFAEL NARCISO NEWMAN SORIANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-4.854.463 y V-2.953.020, respectivamente, para que comparezca ante este Tribunal ubicado en la Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la última citación que se practique, a dar contestación a la demanda, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y la 1:30 p.m. Se ordenan compulsar sendos libelos de demanda con certificación de su exactitud y junto con orden de comparecencia al pie, entréguese al Alguacil de este despacho encargado de las citaciones. En cuanto a la medida solicitada el tribunal proveerá por auto y cuaderno separados. Líbrense Compulsas.
EL JUEZ

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA

LA SECRETARIA ACC.
MARIA BARBELLA

En la misma fecha no se libró compulsa por falta de fotostatos.
LA SECRETARIA ACC.
EXP. N° 24192
HJAS/MB/bd*