REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; dieciséis (16) de marzo de dos mil cuatro (2004).

193° y 145°
Visto el escrito de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, consignado por la Abogada en ejercicio TIBISAY MEJIAS CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.169, procediendo en su propio nombre y representación, mediante el cual estima sus HONORARIOS PROFESIONALES; En el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue el ciudadano RAFAEL ENRIQUE PEREZ AVILA contra JULIO REMIGIO BELISARIO, el Tribunal lo admite cuanto ha lugar en derecho y ordena la Intimación del ciudadano JULIO REMIGIO BELISARIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nº V-6.414.721, para que comparezca ante este Tribunal (Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, final del pasillo, Los Teques, Estado Miranda), dentro de los DIEZ (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su Intimación que se haga, más un (1) día que se le concede como termino de distancia, entre las horas comprendidas de 8:30 a.m., a 1:30 p.m., de conformidad con lo establecido en el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, a fin de que paguen o acrediten el pago de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), en que estima sus honorarios Profesionales en el presente Juicio la abogada TIBISAY MEJIAS CASTRO. Igualmente se le hace saber al demandado que podrá formular oposición al reclamo de la abogada a cobrar Honorarios Profesionales y ejercer el derecho a la retasa, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 22 de la Ley de Abogados. Líbrese boleta de Intimación y entréguese al Alguacil del Tribunal encargado de estas actuaciones. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto y cuaderno separados.
EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA, Acc

MARIA BARBELLA

En la misma fecha no se libro Boleta faltan copias del escrito de estimación e intimación de honorarios profesionales.
LA SECRETARIA, Acc.




HJAS/lci.
Exp. 21985