REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques; dieciocho (18) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°
Visto el anterior libelo de demanda de RESOLUCION DE CONTRATO COMPRA VENTA, presentada por los ciudadanos KATIUSKA DE LA CRUZ HERNANDEZ DE TORRES y VICTOR EDUARDO TORRES RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de Identidad Nos V-6.868.711 y V-6.445.844, respectivamente, asistida por la abogada en ejercicio EVA YANES BOLÍVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.164, por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. Désele entrada en el libro de causas. Emplácese a la demandada ciudadana ERMEFRINDA GIL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nº V-3.594.087, para que comparezca ante este tribunal ubicado en la (Avenida Bermúdez, con calle Arismendi, frente al Seguro Social, Edificio Palacio de Justicia, Piso 1, Los Teques, Estado Miranda), dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación que se haga, a dar contestación a la demanda, en las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., hasta la 1:30 p.m. Se ordena compulsar copia del libelo con certificación de su exactitud y junto con su orden de comparecencia al pie, entréguese al Alguacil del despacho encargado de las citaciones.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA, Acc.
MARIA BARBELLA
En la misma fecha no se libró compulsa faltan copias del libelo para proveer.
LA SECRETARIA, Acc.
HJAS/lci.
Exp. N° 24206