REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques, dos (02) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de los derechos de terceros y en virtud de lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ADRIAN ALBERTO RENGIFO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°V-3.564.008, sobre las bienhechurías realizadas en un lote de terreno de su propiedad, el cual tiene una superficie aproximada de ciento cuarenta metros cuadrados con veintitrés centímetros cuadrados (140,23mts2)), situado en la Llanada, calle Páez, antes distinguido con el numero 9 y hoy con el numero 01-18-12, jurisdicción del Municipio Plaza de la ciudad de Guarenas del Estado Miranda. Devuélvanse originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud, la cual precede redactada por el Dr. JUAN EDUARDO GUZMAN MONTES DE OCA., abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 68.881. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.

EL JUEZ,

HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA,

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MARIA BARBELLA,

En la misma fecha se devuelven originales las presentes actuaciones.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MARIA BARBELLA


MB/jenifer
Exp. No.39854