REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.



Los Teques, 08 de marzo de dos mil cuatro (2004).
193° y 145°



Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LOURDES JOSEFINA ORTIZ DE CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-599.913, sobre las mejoras y bienhechurias, en un Terreno de su Propiedad, ubicado en el lugar denominado “Gavilan”, Municipio Carrizal, Estado Miranda. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el Abogado JESUS MENDEZ., inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 42.160. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
EL JUEZ,



HUMBERTO J ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL.,



MARIA BARBELLA



EXP. NRO. 39.872
HJAS/yd.