REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, ocho (08) de marzo de dos mil cuatro (2004).-.
193º y 144º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, redactada por la abogada ZEIMAR MARTINEZ inscrita en el INPREABOGADO con el No. 24.924, así como la Justificación promovida y evacuada en el Juzgado del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en la cual rinden declaración los ciudadanos JESÚS ENRIQUE OJEDA ANDRADE y LUIS JOSE NÚÑEZ REINA de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.796.576 y 7.660.108 respectivamente, por asuntos de herencia. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO SUFICIENTE BASTANTE a favor de la solicitante ciudadana MARIA ANGELICA SEGOVIA DE ARIAS, de estado civil viuda, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº. V- 9.734.083, para asegurar los derechos que tenga dicha ciudadana en la Sucesión del ciudadano GERARDO JOSE ARIAS MATOS, quien fallecido en fecha 22 de noviembre de 2003, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA ACC,

MARIA BARBELLA RAMOS

HJAS/MBR/ar*
EXP 39884

En la misma fecha, se devuelven originales las presentes actuaciones a la promovente conforme fuera ordenado.
LA SECRETARIA ACC,