REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Los Teques; ocho (08) de marzo de dos mil cuatro (2.004).
193° y 145°
Vistas las actuaciones que anteceden este Tribunal sin perjuicios de los derechos de terceros, y en virtud de lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, y en concordancia con el artículo 285 del Código Civil en su primer particular, se declara TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente bastante para asegurar los derechos que tengan en la sucesión, a los ciudadanos REINA ALEMAN DE ROMERO, REINA DE LA COROMOTO ROMERO ALEMAN, CARLOS ALBERTO ROMERO ALEMAN, INGRID ADELA DE LA ASUNCION ROMERO DE GARCIA, ELIZABETH CRISTINA ROMERO ALEMAN y ANA GRACIELA ROMERO ALEMAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-623.326, V-627.960; V-3.121.950, V-4.052.066, V-4.846.468 y V-6.463.001 respectivamente del de-cujus: CARLOS ALBERTO ROMERO GALLAEGOS, quien falleció Ab-intestato, en fecha 13 de Enero de 2004, en la ciudad de Los Teques, Estado Miranda. Devuélvanse todo lo actuado incluyendo la solicitud la cual procede redactada por la abogada en ejercicio Ma. AUXILIADORA ALVAREZ R., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 40.519. Déjese constancia en el Libro Diario que lleva este Tribunal del presente año.
EL JUEZ,
HUMBERTO ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
MARIA BARBELLA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
LA SECRETARIA ACC.,
MARIA BARBELLA
HJAS/yd.
Exp. N° 39.900