REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

EXP. NRO.39.231-RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

Vista la solicitud, presentada por la ciudadana ELIZABETH DOS SANTOS BELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.159.856, asistida por la abogada en ejercicio LAURA JIMENEZ BENEDETTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 31.389. EL Tribunal conforme al Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, pasa a decidir la presente rectificación del acta de nacimiento, asentada por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Antonio de los altos, Estado Miranda, bajo el N° 221, folio 221, durante el año 1974, los errores denunciados consiste que en la referida se identificó a los padres de la solicitante como: JAIME DOS SANTOS GONCALVEZ, titular de la cédula de identidad nro. 649.711 y MARIA ISILDA VELO, siendo lo correcto JAIME DOS SANTOS GONCALVES, titular de la cédula de identidad nro. 649.711 y MARIA YSILDA BELO DE DOS SANTOS, titular de la cédula de identidad nro. E-987.653; y para su efecto probatorio, dicha ciudadana consignó con su solicitud los siguientes recaudos: copia certificada de la partida de nacimiento a rectificar, copia certificada de la partida de matrimonio de los padres de la solicitante, fotocopia de las cédulas de identidad de la solicitante y de sus padres, copia de los pasaportes y de los registros de nacimiento de sus padres. Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación en un juicio ordinario de rectificación de partida de nacimiento, procede a resolverlo meramente, y en tal sentido este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción del Estado Miranda, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA, a la Primera Autoridad Civil del Municipio San Antonio de los altos, Municipio Los Salias, Estado Miranda, y al Registrador Principal del Estado Miranda, hacer la debida NOTA MARGINAL, en el acta de nacimiento, llevada por ante dichos organismos, durante el año 1974, bajo el N° 221, folio 221, a fin de que en la misma donde dice:.. “(...) me ha sido presentada ante este Despacho una niña hembra por: JAIME DOS SANTOS GONCALVEZ, (...), titular de la cédula de identidad nro. 649.711, (...) y de: MARIA ISILDA VELO, (...)”, en su lugar diga y se lea:.. “(...) me ha sido presentada ante este Despacho una niña hembra por: JAIME DOS SANTOS GONCALVES, (...), titular de la cédula de identidad nro.6.207.941, (...) y de: MARIA YSILDA BELO DE DOS SANTOS, titular de la cédula de identidad nro. E-987.653, (...)”;todo sin perjuicios de terceros.
Expídanse por Secretaría copias certificadas de esta sentencia y remítase a las autoridades civiles competentes junto con oficios, a los fines de estampar la correspondiente nota marginal, conforme a lo establecido en el artículo 774 ejusdem.
Publíquese, Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques; a los nueve (9) días del mes de marzo de dos mil cuatro(2004).
Años: 193º de la Independencia y 145º de la Federación.-
EL JUEZ,


HUMBERTO J. ANGRISANO SILVA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL

MARIA BARBELLA.
En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m.-
LA SECRETARIA,

MARIA BARBELLA.
HJAS/yd.
Exp. N°39.231
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.



Los Teques, 09 de marzo de 2004

193° y 145°



En virtud de que el suscrito, Humberto Angrisano Silva, se ha reincorporado a sus funciones de Juez Titular de este Juzgado en fecha 5 de febrero del año 2004, se avoca al conocimiento de la presente causa. Asimismo vista las actas que conforman el presente expediente y visto que se encuentran llenos todos los extremos exigidos por la Ley, este Juzgado pasa a dictar Sentencia en el presente procedimiento de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, a favor de la ciudadana ELIZABETH DOS SANTOS BELO.
EL JUEZ


HUMBERTO JOSÉ ANGRISANO SILVA



LA SECRETARIA ACCIDENTAL

MARIA BARBELLA

EXP. NRO. 39.231
HJAS/yd