REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Ocumare del Tuy, Diez (10) de Marzo del Dos Mil Cuatro (2004).
193° y 144°
Por recibido el presente expediente procedente del Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, contentivo de una pieza de Ciento Cuarenta y Ocho (148) folios útiles, contentivo de la Apelación interpuesta por la Abogada OSIRIS COLINA DE FOSCHI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.449, en carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil MOBILIARIA DEPOVEN, C.A, en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de Febrero del 2004, por ante ese Juzgado, en el Juicio que por DESALOJO sigue en su contra los ciudadanos LUIS MANUEL HERNANDEZ ROJAS y JULIA AGUSTINA HERNANDEZ ROJAS. En consecuencia se fija el décimo día para dictar sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 893 del Código de Procedimiento Civil. Désele entrada en el Libro de Causa bajo el N° 042-04, y cuenta al Juez. CUMPLASE.-
LA JUEZ.-
Dra. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCIA
AOCH/ldb
EXP N° 042-04