REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. OCUMARE DEL TUY, diecinueve (19) de marzo de (2.004).-

193° y 144°

En virtud de la medida solicitada por el abogado, MANUEL OJEDA HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16.601, apoderado de la parte actora, en la cual solicita se DECRETE MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el vehículo descrito en el libelo de la demanda; este Tribunal acuerda la medida solicitada y ordena: ABRIR CUADERNO DE MEDIDA.
CÚMPLASE.



LA JUEZ
DRA. AIZKEL ORSI CH.

EL SECRETARIO
ABOG. MANUEL GARCÍA.


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.


EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA.





AO/el*
EXP. N° 052-04


TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-OCUMARE DEL TUY, diecinueve (19) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 144º


Se abre el presente cuaderno de medidas, conforme a lo ordenado en auto de esta misma fecha, en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIO ( TRÁNSITO) sigue el ciudadano JOSE ALBERTO CARPIO BEJARANO contra el ciudadano FLORENCIO VICENTE CAMPOS PEREZ Y LA EMPRESA COOPERATIVA MUTUALIDAD PREVICAR, C.A, en la persona de su representante judicial, el cual se sustancia en el Expediente No.052-04, a los fines de proveer sobre la medida solicitada por la parte actora en el presente juicio, este Tribunal por cuanto observa que se encuentran llenos los extremos de Ley establecidos en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el siguiente bien mueble, constituido por un Vehículo, placa ACB-550, marca Chevrolet, modelo Remenca, clase Minibús, tipo Colectivo, color Beige y marrón, al Servicio del Transporte Público de personas de la Asociación Civil Línea Conductores Unidos del Tuy, propiedad del ciudadano: VICENTE CAMPOS PEREZ, venezolano, mayor de edad, casado y titular de la cédula de Identidad N° V-9.037.594 y domiciliado en la Calle La Línea, casa S/N, diagonal con la toma de agua de hidrocapital, Santa Lucía, Municipio Paz Castillo del Estado Miranda. Para la práctica de la presente medida se da comisión suficiente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Lander, Independencia, Simón Bolívar, y Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a quien se ordenar librar despacho junto con oficio. Líbrese despacho junto con oficio y remítase al Juzgado comisionado, dejándose constancia de lo actuado.-



LA JUEZ.
DRA. AIZKEL ORSI CH.
ELSECRETARIO
Abg. MANUELGARCÍA.





En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-



EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCÍA




AO/el*.
Exp. No.052-04