REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA SEDE OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veintinueve (29) de Marzo 2004.
193° y 144°
Por recibido el presente expediente del Juzgado Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques, el Tribunal ordena darle entrada en el Libro de causas bajo el N° 074-04, así mismo la Juez se avoca al conocimiento de la causa, contentivo del juicio que por PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES presentada por los Abogados LAURA TERESA DELGADO FLORES y LUIS ALBERTO LA CRUZ MORENO, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos V-6.270.136 y V-5.219094, respectivamente Actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte actora .del ciudadano FELIPE DOMÍNGUEZ FUENTES contra el ciudadano AVELINO CARVALHO DE VASCONCELOS. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, y en consecuencia se ordena la citación de la parte demandada ciudadano AVELINO CARVALHO DE VASCONCELOS, titular de la cédula de identidad N°V- 10.894.117, a objeto de que comparezcan ante este Tribunal dentro de los VEINTE (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, en el horario comprendido de (8:30a.m) a (1:30pm), a fin de que convengan o en su defecto sea condenado por este Tribunal a LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE BIENES, de la sociedad constituida por las Empresas Sociedad Mercantil “TRANSPORTE ABELFECA C.A.” y de la empresa denominada “COMERCIAL AEROPUERTO DEL TUY C.A”, debidamente identificadas en el libelo de la demanda, conforme al procedimiento previsto en el Artículo 777 y siguientes, del Código de Procedimiento Civil. Líbrese compulsas con su auto de comparecencia al pie y entréguense al Alguacil a los fines de las citaciones respectivas. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal lo conducente por auto en cuaderno separado que se ordenará abrir en la oportunidad correspondiente.
CÚMPLASE.-
LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI.
EL SECRETARIO,
ABOG. MANUEL GARCÍA
En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo acordado por cuanto faltan fotostatos para proveer.
E L SECRETARIO,
ABG. MANUEL GARCÍA.
AO/eleana.
Exp.N° 074-04