TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Cinco (05) de Marzo de Dos Mil Cuatro (2004).-
193º y 144º

---Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana, MAGDA ISABEL COLMENARES DE PEÑA, Venezolana, mayores de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 2.946.212. Sobre bienhechurias construida en una parcela de Terreno marcada con el Nro. 18, ubicada en el asentamiento campesino “Mararito”, jurisdicción del Municipio Tomas Lander, Ocumare del Tuy, del Estado Miranda, la cual tiene una extensión aproximada de Dos Hectáreas con Cincuenta y Ocho Áreas (2,58 Has), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la cual fue redactada por el Dr. GIOVANNI AUGUSTO TREPICCIONE HERRERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 68.421. Se ordena la devolución de las presentes actuaciones a la parte solicitante, previa constancia en el Libro diario llevado por éste Tribunal.-


LA JUEZ,
DRA. AIZKEL ORSI
EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-

EL SECRETARIO,
Abg. MANUEL GARCIA
AO/ysabel
Solicitud S-019