REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Ocumare del Tuy, Nueve (09 ) de Marzo de Dos Mil Cuatro (2004).-
193° y 144°


Vista la anterior solicitud presentada, presentada por el Abogado ASDRUBAL JOSE APONTE PAZ, inscrito en el Inpreabogado Nro. 97.266, Apoderado Judicial del ciudadano PEDRO GERMAN DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-62.575.040. Y por cuanto la misma se fundamenta en la causa legal, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Désele entrada bajo el Nro. 040-04, SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Así mismo por cuanto dicha solicitud esta fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, se ordena la citación de la ciudadana ANA DELICIA DELGADO CARDOZO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.084.906, y al Fiscal del Ministerio Público, mediante boleta, anexándole copia certificada de la solicitud y del presente auto, a fin de que comparezca ante este Tribunal dentro del plazo de Diez (10) días de despacho siguientes a su citación, para que exponga lo que considere conveniente en relación a la misma. Líbrese las respectivas boletas.-


LA JUEZ
Dra. AIZKEL ORSI CH

EL SECRETARIO,

Abg. MANUEL GARCIA

NOTA: En la misma fecha no se dio cumplimiento a lo ordenado por cuanto no fueron consignados los fotostatos.

EL SECRETARIO,

Abg. MANUEL GARCIA




AO/ysabel
EXP. N° 040-04