REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, diez (10) de marzo de dos mil cuatro (2004).
193º y 145º

Conforme al Acta de Inhibición que antecede de fecha 04/03/2004, se acuerda la remisión del presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial y sede, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 93 del Código de Procedimiento Civil. Remítase el expediente adjunto a oficio. De igual forma se acuerda enviar anexa a oficio, copia certificada del Acta de Inhibición al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de esta misma Circunscripción Judicial y sede, a objeto de que se sirva esa Alzada conocer la misma. Cúmplase.-

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

EL SECRETARIO,
VGJ/o
13.409

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
LOS TEQUES.
Los Teques, 10 de marzo de 2004.
193º y 145º
No. 0855-
Ciudadano:
Juez Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Los Teques.
Su Despacho.

Tengo a bien dirigirme a Ud, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada del ACTA DE INHIBICION, relacionada con el juicio que por DESALOJO, sigue por ante este Tribunal la Sociedad de Comercio “EL LLANO PRIMERO C.A.”, contra Sociedad Mercantil FERRETERIA SANTA NINFA C.A.-
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VGJ/o
13.409

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
LOS TEQUES.
Los Teques, 10 de marzo de 2004.
193º y 145º
No. 0855-
Ciudadano:
Juez Primero de Primera Instancia lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Los Teques.
Su Despacho.

Tengo a bien dirigirme a Ud, en la oportunidad de enviarle anexo al presente oficio, expediente contentivo del juicio que por DESALOJO, sigue por ante este Tribunal la Sociedad de Comercio “EL LLANO PRIMERO C.A.”, contra Sociedad Mercantil FERRETERIA SANTA NINFA C.A.- Se remite constante de (295) folios útiles el cuaderno principal, y en (05) folios útiles el cuaderno de medidas.

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, y conforme a lo dispuesto en el Artículo 93 del Código de Procedimiento Civil.

EL JUEZ,

DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VGJ/o
13.409

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Los Teques, CERTIFICA: que los anteriores fotostatos son traslado fiel y exacto de los originales que corren insertos en el expediente signado con el No. 13.409, contentivo del juicio que por DESALOJO, sigue por ante este Tribunal la Sociedad de Comercio “EL LLANO PRIMERO C.A.”, contra Sociedad Mercantil FERRETERIA SANTA NINFA C.A, las cuales fueron autorizadas por el Juez de este Tribunal, por auto expreso que se inserta en las presentes actuaciones. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y Artículo 1º de la Ley de Sellos. En Los Teques, a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil cuatro (2004).- Años: 193º y 145º.-


EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA