REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO LOS TEQUES
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, diez (10) de marzo del dos mil cuatro (2.004).-
193° y 145°
Visto el escrito de fecha 04 de los corrientes, presentado por la abogada MARIA JOSE DE ABREU FERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.281, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Depositaria Judicial La R.C. C.A., mediante el cual solicita al Tribunal que conforme a lo previsto en el artículo 541, ordinal 6°, del Código de Procedimiento Civil y el artículo 13 de la Ley sobre Depósito Judicial, el plazo legal pertinente para que su apoderada presente la cuenta definitiva de emolumentos, tasas y gatos derivados de su gestión en el depósito judicial practicado en el expediente, el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado en consecuencia de conformidad con lo establecido en el ordinal 6° del artículo 541 del Código de Procedimiento Civil, fija un lapso de cinco (5) días de despacho siguientes al de hoy, con la finalidad de que la Depositaria Judicial LA RC C.A., presente las cuentas definitivas de su gestión realizada en el presente procedimiento, y una vez presentadas las cuentas el Tribunal mediante auto separado procederá a ordenar la notificación de las partes, conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley Sobre Deposito Judicial.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARS MATA
VJGJ/yza.
EXP.N° 99-9081